No obstante la legislacion nunca contempla esta figura, que separado esta regulada para las matrimonios, hay la via de el “enriquecimiento injusto”, de demandar En caso de que ha habido pacto.
Si has dispuesto estropear con tu pareja de hecho y solicitar a los tribunales medidas referente a la custodia de los ninos desplazandolo hacia el pelo manejo sobre la vivienda familiar, deberias saber, si no existe acuerdo al respecto, que no puedes Reclamar una pension compensatoria, por motivo de que esta figura, Conforme nuestra reglamento civil esta reservada a las matrimonios.
El Tribunal Supremo ha dictado la sentencia recientemente (pincha aqui para ingresar a la sentencia) en la cual decide en contra de una femina que habia demandado a su pareja de hecho tras 16 anos sobre convivencia, solicitando medidas sobre las hijos comunes y no ha transpirado la residencia, e igualmente la pension compensatoria de 1.500 euros mensuales.
La sentencia de el audiencia le dio la razon, no obstante separado en pieza, hookupdate.net/es/faceflow-review senalando una pension sobre 500 euros mensuales. De eso tuvo en cuenta que la mujer se habia dedicado en mayor grado al cautela sobre las hijos desplazandolo hacia el pelo de el hogar familiar y no ha transpirado la distinta facultad economica sobre ambas zonas al lapso de romperse la convivencia, que habia durado mas de 16 anos. La Audiencia confirmo la resolucion, sin embargo el Tribunal Supremo finalmente considera que nunca dispone de derecho a la pension reclamada.
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No seria posible Reclamar todo en una misma solicitud
La Sala de el Supremo puntualiza en primer punto, que en nuestra reglamento no Existen una norma que prevea la acumulacion en un unico procedimiento de todas las acciones dirigidas a colocar fin a la trato sobre pareja, como seria en este caso, en que se acumula una peticion sobre pension con las cuestiones referidas a la patria potestad, la custodia, las alimentos de los hijos comunes y el funcii?n de la residencia familiar.
Desplazandolo hacia el pelo esto porque la movimiento sobre peticion sobre una pension entre las miembros de una pareja de hecho nunca esta comprendida adentro sobre las procesos matrimoniales regulados en la Ley sobre proceso Civil. Lo cual supone que habria que interponer 2 demandas una la relativa a las medidas en las hijos y no ha transpirado casa familiar, desplazandolo hacia el pelo otra distinta en las temas economicos que separado incumben a los miembros de la pareja.
En nuestro Codigo Civil nunca existe regulacion general de estas parejas de hecho
El Codigo Civil no contempla una regulacion general de estas parejas no casadas. Determinados efectos si se han equiparado, sin embargo nunca en lo relativo a la pension compensatoria, que se establece en el cronica 97 de el codigo. No hay prevision legal que determine que, en el momento sobre la ruptura, se huviese previsto una compensacion sobre ningun arquetipo.
Muchas colectividad autonoma ha intentado regular esta clase de consecuencias en las rupturas de estas parejas sobre hecho, igual que la Comunidad Valencia, que podria haberse aplicado a este caso, No obstante precisamente las productos que regulaban las consecuencias civiles de estas uniones han sido declarados inconstitucionales asi como nulos por el Tribunal Constitucional, porque unico el Estado puede regular este motivo.
Indemnizacion por “enriquecimiento injusto”
La resolucion a dichos casos pasaria por demandar la prestacion economica basada en la teoria de el “enriquecimiento injusto”, debido a que habria que garantizar un aumento de el patrimonio del enriquecido, desplazandolo hacia el pelo correlativamente un empobrecimiento del que solicita la indemnizacion, Igualmente sobre que no exista causa que justifique el enriquecimiento.
COMPENSACION ECONOMICA EN RUPTURAS POR CESE DE CONVIVENCIA
La pension compensatoria esta regulada en el producto 97 de el Codigo Civil, pero unico esta pensada Con El Fin De casos en los que la separacion o divorcio haya creado la etapa de desnivel matrimonial para Algunos de los conyuges.
En caso de que este desequilibrio surge en las rupturas sobre pareja sobre hecho, podria aplicarse la hipotesis del “enriquecimiento injusto”, con todos estos requisitos
– desarrollo del patrimonio del enriquecido;
– correlativo empobrecimiento del que solicita la indemnizacion;
– falta de causa que justifique el enriquecimiento
En el caso particular, la mujer habia alegado que las 16 anos de vida que habia durado la convivencia, y no ha transpirado El metodo en que se habian organizado, permitio al demandado fomentar su profesion, mientras que la femina, dedicada al precaucion de las hijos y no ha transpirado de la casa, tuvo menor ruta profesional desplazandolo hacia el pelo su nivel sobre ingresos era demasiado inferior. Lo cual habria generado un “enriquecimiento injusto”.
El Tribunal Supremo no obstante nunca estuvo de acuerdo con esta conclusion por motivo de que a lo largo de el lapso en que la pareja estuvo unida, la femina ciertamente nunca se dedico en monopolio al hogar, sino que desarrollo la actividad remunerada. No hubo puesto que, enriquecimiento injusto que justificara la indemnizacion.
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